Golpe a los bancos en Luxemburgo. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha fallado contra el intento de las entidades financieras de limitar todo lo posible la devolución de los pagos hipotecarios que se realizaron y que posteriormente fueron anulados por responder a claúsulas abusivas. Dos sentencias de Luxemburgo aclaran que el plazo de prescripción para la reclamación de las devoluciones comienza a correr cuando la justicia anula esas cláusulas y no cuando se produjo el pago de los costes hipotecarios por parte de los clientes, que era la intención de entidades como Banco Santander o Caixabank.