El Tribunal General de la UE anula la decisión de la Comisión Europea de no dar acceso a esos mensajes solicitados por una periodista de The New York Times
¿Los mensajes de móvil de un gobernante son documentos públicos? La Defensora del Pueblo Europeo cree que sí pueden serlo
Varapalo judicial a Ursula von der Leyen por su decisión de ocultar los SMS que se intercambió con el CEO de Pfizer durante la negociación de los contratos de las vacunas contra la COVID-19.
El caso nació en abril de 2021, cuando una investigación periodística sobre la negociación de los contratos multimillonarios para la vacunación contra el coronavirus concluyó que la “diplomacia personal” había “jugado un papel importante” en el acuerdo, que permitió a la UE garantizarse 1.800 millones de dosis en plena pandemia. La periodista Matina Stevi solicitó a la Comisión Europea acceso a los SMS de Von der Leyen con Albert Bourla, presidente y director ejecutivo de Pfizer, entre el 1 de enero de 2021 y el 11 de mayo de 2022.
Los servicios de la Comisión Europea denegaron la solicitud de acceso bajo el argumento de que no estaban en su poder. Lo que sostienen en el equipo de Von der Leyen es que esos mensajes no se guardaron como documentos susceptibles de ser consultados al considerarse “insustanciales” desde el punto de vista legal.
Sin embargo, el TGUE reprocha esa conducta por varios motivos y censura que no ha dado explicaciones suficientes sobre el devenir de los SMS ni de los motivos que llevaron a la Comisión Europea a considerar que no eran relevantes.
“La Comisión no puede limitarse a afirmar que no tiene en su poder los documentos solicitados, sino que debe presentar explicaciones creíbles que permitan al público y al Tribunal General entender por qué no pueden encontrarse esos documentos”, señala el comunicado de la sentencia: “La Comisión no explicó en detalle el tipo de búsquedas que supuestamente se realizaron para encontrar esos documentos, ni especificó los lugares en que esas búsquedas se llevaron supuestamente a cabo. Por lo tanto, no proporcionó una explicación plausible para justificar que no estaba en posesión de los documentos solicitados”.
“La Comisión no aclaró suficientemente si los mensajes de texto solicitados se habían suprimido y, de ser así, si la supresión había sido voluntaria o automática, o si el teléfono móvil de la presidenta había sido sustituido en ese intervalo de tiempo”, sentencian los jueces de Luxemburgo en un fallo que, en todo caso, se puede recurrir ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
Falta de argumentos de la ComisiónVon der Leyen nunca ha dado explicaciones de su negativa a hacer públicos los intercambios que mantuvo con el responsable de la compañía farmacéutica mientras negociaba en nombre de la UE los contratos multimillonarios para las vacunas contra el coronavirus. Lo que sostienen fuentes del gobierno comunitario es que esos SMS no contenían información relevante acerca de la negociación. No obstante, al no haberse hecho públicos, no puede saberse.
Además, correspondió a la propia presidenta de la Comisión Europea tomar esa decisión, es decir, determinar que los SMS no eran importantes.
“La Comisión tampoco explicó de manera plausible por qué consideró que los mensajes de texto intercambiados en el contexto de la compra de vacunas contra la COVID-19 no contenían información importante o que precisara de un seguimiento, cuya conservación debiera garantizarse”, reprochan los jueces de Luxemburgo.
La Comisión Europea minimiza el falloMás allá del golpe político por el boicot a la política de transparencia, la sentencia no tiene consecuencias de otro tipo. Supone la anulación de la decisión de la Comisión Europea y lo normal es que ante una nueva solicitud de acceso el ejecutivo comunitario tuviera que permitirlo, pero si los SMS se han borrado y no se almacenaron, no hay nada que hacer.
Además, en el gabinete de Von der Leyen restan importancia al fallo al considerar que no obliga a la presidenta a publicar los SMS sino que recrimina las explicaciones dadas para negarse a hacerlo. “El Tribunal General considera que la Comisión debería haber explicado más detalladamente en su decisión que no dispone de documentos del tipo solicitado”, señala en un comunicado en el que no descarta recurrir la decisión.
“El Tribunal General no cuestiona la política de registro de la Comisión en materia de acceso a los documentos. Estas normas tienen por objeto garantizar la integridad de los registros de la Comisión y la plena transparencia, asegurándose de que los ciudadanos de la UE interesados puedan acceder fácilmente a los documentos importantes elaborados o recibidos por la Comisión”, agrega la nota.